24 de mayo de 2023

Cámara de Representantes aprobó en último debate el acuerdo de transporte con Venezuela


Imagen congresistas en la Cámara de Representantes.
Pie de foto: La iniciativa, suscrita en agosto de 2014, pasa ahora a revisión de la Corte Constitucional.

Después de la revisión de la Corte Constitucional y su aval, podrá pasar a sanción del Presidente de la República.

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en su último debate en el Congreso de la República, el proyecto de ley que ratifica el Acuerdo de Transporte Internacional de Carga y de Pasajeros por Carretera entre Colombia y Venezuela.

La iniciativa, suscrita en agosto de 2014, pasa ahora a revisión de la Corte Constitucional.

Este Acuerdo crea un marco jurídico para dar seguridad al sector del transporte de ambos países para la entrada y salida de mercancías, así como a los ciudadanos a ambos lados de la frontera.

Es un paso más en el restablecimiento de las relaciones económicas, comerciales y diplomáticas entre los dos países, y se suma a los Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones que se tramita en el Legislativo, y al de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial para el que se negoció una profundización.

Esta iniciativa establece reglas del juego claras para el sector transportador. Por ejemplo, señala que el transportador debe ser persona jurídica, constituida en alguno de los dos países.

Igualmente, que el servicio de transporte solo se podrá prestar por los pasos autorizados y permite la homologación de los documentos para la operación de transporte terrestre.

Establece que las autoridades migratorias autorizarán el ingreso, permanencia y salida de los pasajeros al país respectivo con la presentación del pasaporte válido y vigente, el respectivo visado cuando la condición regular o nacional lo amerite y la tarjeta migratoria con el respectivo sello migratorio.

Las autoridades y organismos nacionales terrestres de los dos países deberán diseñar e implementar un sistema automatizado para llevar el registro de los transportadores y los vehículos autorizados.

Señala que una vez el transportador sea autorizado por su Estado de origen, deberá solicitar, en un lapso no mayor a 60 días, ante la autoridad u organismo nacional competente del otro país, el Permiso Complementario de Prestación del Servicio.

Posterior a la revisión de la Corte y su respectiva validación, el Acuerdo pasará a sanción del presidente Gustavo Petro.
 
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